Entró en vigencia el decreto que obliga a cubrir tratamientos de fertilización
La obras sociales y las empresas de medicina prepaga están desde ayer obligadas a cubrir los tratamientos de fertilización asistida de sus afiliados en territorio bonaerense, al entrar en vigencia la modificación de un decreto reglamentario de la ley 14.208.

El ministro de Salud provincial, Alejandro Collia, dijo que el nuevo decreto, modificatorio del reglamentario, explicita que «las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben dar cobertura a sus afiliados bajo las mismas condiciones establecidas para el IOMA y los efectores públicos, es decir, parejas con residencia de al menos dos años en la Provincia y mujeres de entre 30 y 40 años.
El diputado provincial bahiense, Marcelo Feliú, uno de los autores e impulsores de la ley de fertilización, agregó que «ya son más de treinta los embarazos que se lograron y seguramente serán muchos más los que se consigan a partir de haber dado este paso, porque así como muchas obras sociales y prepagas ya cumplían con su obligación, otras todavía ponían excusas para no hacerlo».
«Con esta nueva decisión del Gobernador ya no queda el menor lugar para otras interpretaciones», agregó.
Feliú también intervino directamente en esta resolución que reglamenta específicamente los artículos 5º y 6º de la ley mencionada y, en lo sustancial, dispone la ratificación de que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga con actuación en la provincia de Buenos Aires deberán brindar a sus afiliados la cobertura integral de las prestaciones previstas en la ley, en las mismas condiciones y con los mismos alcances que lo hace la obra social del Estado provincial (IOMA).
La norma reconoce, por primera vez, a la infertilidad como enfermedad y, a partir de esa premisa, obliga al Estado provincial, al IOMA y al resto de las obras sociales y prepagas a cubrir los tratamientos de baja y alta complejidad.
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