IOMA: aumento en la cobertura de medicamentos ambulatorios
La suba de la cobertura alcanza a 3500 productos fabricados por las diferentes marcas comerciales en sus diversas presentaciones, cuyo componente activo abarca la totalidad de 130 fármacos.

La actualización de valores en la cartilla de medicamentos se elaboró en base a un criterio sanitario y según datos de consumo arrojados por evaluación estadística: los fármacos de estos rubros son los más requeridos por el universo afiliatorio de la Obra Social.
“Cabe destacar que los porcentajes de cobertura dependerán también, en gran medida, de la marca que elija el paciente en el momento de la compra. Ya que este acto puede hacer variar la cobertura hasta alcanzar un porcentaje del 100%, no pagando así absolutamente nada. Nosotros como Obra Social debemos considerar que las realidades de las familias son distintas, al igual que los poderes adquisitivos, por eso nuestro sistema de cobertura habilita el dialogo entre médico y paciente, en la búsqueda de la mejor opción, acorde a las posibilidades económicas de cada uno”, indicó el presidente del IOMA, Antonio La Scaleia.
Si el afiliado tuviera, por dar otro ejemplo, que consumir Ibuprofeno, droga utilizada como antiinflamatorio, analgésico y anti térmico, concretamente usada para fiebre, dolores articulares, odontológicos, lumbalgias y todo tipo de dolores post traumáticos, IOMA a partir de hoy cubre el 84%.
Antes sobre este medicamento cubría un promedio del 38% sobre el más vendido.
Consultado sobre la cobertura del IOMA en materia de medicamentos y la obligación que tienen los profesionales de la cartilla de prescribir usando el nombre genérico, el Prof. Dr. Osvaldo H. Farina, titular de la Cátedra de Farmacología Aplicada (UNLP), explica lo siguiente: “El nombre de un medicamento es lo que se denomina genérico; un ejemplo es la Amoxicilina. Los laboratorios fabrican este genérico y le asignan un nombre de fantasía. En este contexto, el profesional, por ley, debe prescribir el medicamento por el nombre genérico, porque eso será lo que le permita al afiliado escoger la marca y, por consiguiente, el precio que pueda pagar”.
IOMA tiene lo que se denomina una cobertura de “monto fijo”, por lo que si el afiliado elije el producto comercial de menor valor aumenta significativamente su cobertura, pudiendo alcanzar el 100% del precio total del medicamento.
“Si la pregunta que se hace un afiliado –se explaya el Dr. Farina-, es si hay alguna diferencia entre un nombre de fantasía y otro, la respuesta es no, porque tiene la garantía de los entes reguladores de que el genérico elegido está apegado a la ley. Y en el caso que el médico observara alguna problemática, corresponde que automáticamente realice la denuncia a farmacovigilancia para que eso se investigue. Caso contrario no hay ningún fundamento que establezca que el producto del laboratorio A, que vale 5 veces más, es mejor que el B, posiblemente más barato.”
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