Las empresas de medicina prepaga no podrán cortar el servicio sin antes comunicarlo al afiliado
La decisión del Gobierno Nacional fue confirmada en el Boletín Oficial. Se prohíbe la suspensión de la prestación a afiliados que adeuden tres meses de cuota y no hayan sido fehacientemente notificados.
(Impulsonegocios.com) La decisión del Gobierno Nacional fue confirmada en el Boletín Oficial. El Gobierno Nacional oficializó un ajuste en la regulación para las empresas de medicina prepaga, en la que les prohíbe expresamente la suspensión de la prestación a afiliados que adeuden tres meses de cuota y no hayan sido fehacientemente notificados.Compartir esta noticia en tus redes
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