Obligan a una prepaga a cubrir un tratamiento que se realiza con botox

La Justicia de Rosario ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir un tratamiento con botox para una mujer de 61 años que padece una enfermedad neurológica, aún cuando no forma parte del Programa Médico Obligatorio y se encuentra en fase de experimentación.

Se trata de una paciente de 61 años que padece una enfermedad neurológica.

La Justicia de Rosario ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir un tratamiento con botox para una mujer de 61 años que padece una enfermedad neurológica, aún cuando no forma parte del Programa Médico Obligatorio y se encuentra en fase de experimentación.

Así lo dispuso el juez en lo Civil y Comercial número 8 de Rosario, Luciano Juárez, quien argumentó que las empresas dedicadas a la salud «deben brindar asistencia integral a las personas asociadas que padecen discapacidad».

La mujer sufre esclerosis múltiple y paraplejía espástica, ambas patologías incurables, y no presentaba ninguna mejoría hasta que el médico que la atiende le indicó la realización de un tratamiento con botox.

Luego de la aplicación de tres ampollas y debido al buen resultado obtenido, el profesional le aconsejó continuar con ese tratamiento.

El juez advirtió que «el Programa Médico Obligatorio no constituye una limitación para los agentes de salud sino que es la cobertura mínima que los afiliados pueden exigir».

«Las actividades que realizan las empresas de medicina prepaga quedan comprendidas en la Ley de Defensa del Consumidor», agregó el magistrado en su fallo.

La empresa de medicina prepaga había rechazado la implementación de ese tratamiento, ya que el botox no está reconocido por el Ministerio de Salud de la Nación y que se encuentra en fase de experimentación.

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