Detectan unidades ilegítimas de la atropina de la marca Larjan
Se trata de ampollas que no presentan datos de lote ni información sobre su vencimiento. La ANMAT recomendó abstenerse de utilizar dichas unidades apócrifas.

“La detección se produjo como consecuencia de que el Departamento de Farmacovigilancia recibiera una unidad del producto que, una vez realizadas las verificaciones pertinentes, se constató que era ilegítima –informó la ANMAT–. Consultada la firma Veinfar I.C.S.A., titular de la marca registrada de la especialidad medicinal en cuestión, reconoció que la unidad que le fuera exhibida no es original del laboratorio.”
La citada agencia regulatorio señaló características que permiten identificar a las unidades ilegítimas:
- 1. Las ampollas no presentan aro de corte en el cuello de la misma.
- 2. El texto se encuentra impreso en forma horizontal y escrito en idioma castellano, mientras que en el producto original aparece tanto en castellano como en inglés.
- 3. Las ampollas no poseen impresa cuál es la vía de administración del producto.
- 4. Las ampollas poseen base plana, mientras que las originales tienen base cóncava.
La ANMAT recomendó a la población que se abstenga de utilizar las unidades apócrifas mencionadas. La atropina se emplea para el tratamiento del síndrome del intestino irritable, espasmos del tracto biliar, cólico uretral y renal, como coadyuvante en radiografía gastrointestinal, para la inducción a la anestesia, para el tratamiento de las arritmias cardiacas, de la bradicardia y de intoxicación por inhibidores de colinesterasa, y organofosforados.
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