El Estado y una obra social deberán cubrir un trasplante que se realizará en Brasil

La Justicia cordobesa determinó que la obra social de empleados provinciales (APROSS), el gobierno provincial y la Nación deberán cubrir los gastos del trasplante bipulmonar que una niña de 15 años se realizará en Brasil.

Con sus 15 años, una niña padece fibrosis quística. Necesita un donante vivo de pulmón, y eso está prohibido en el país.

A través de una decisión judicial sin precedentes en Argentina , la Justicia cordobesa determinó que la obra social de empleados provinciales (APROSS), el gobierno provincial y la Nación deberán cubrir los gastos del trasplante bipulmonar que la chica se realizará en el hospital Casa Santa de Misericordia, en Porto Alegre, Brasil.

En un amparo presentado por su abogado, se solicitaba la “aprobación de un trasplante pulmonar con donante vivo en el exterior”, algo que está prohibido por ley en Argentina.

Después de un primer acuerdo entre las partes, se consultó al médico y especialista brasileño José Camargo sobre la posibilidad de que el trasplante se realice en Córdoba bajo su supervisión. Ante la negativa del médico, la jueza Susana Jorge de no le dictaminó que las partes deben cubrir el total de los gastos de la intervención en Brasil.

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